En España el Real Decreto Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud incluyó entre otras medidas el copago farmacéutico.
Los españoles que no son pensionistas pagan el 40% del precio del medicamento. Desde la puesta en vigor de el citado Real Decreto, los niveles de aportación en el pago de los fármacos se establecen en función de la renta. Los trabajadores en activo con rentas bajas continuarán aportando el 40% del precio de los fármacos. Los que superen los 18.000 euros anuales tendrán que pagar la mitad del coste. Además, los topes para las rentas más altas, aquellas que superan los 100.000 euros, serán del 60% del precio del medicamento o bien 60 euros al mes, si se trata de mayores enfermos.
Por otra parte los jubilados deberán pagar, por adelantado, un 10% del precio de los fármacos con receta hasta un máximo de 18 euros mensuales. Los que tienen pensiones inferiores a 18.000 euros anuales (y, por tanto, no tienen obligación de hacer la declaración de la Renta) también estarán obligados a pagar, aunque en estos casos el desembolso alcanzará de máximo los ocho euros al mes. La diferencia será reintegrada por la comunidad autónoma en la que resida el paciente en un periodo máximo de seis meses.
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